Borrador de Ley de Igualdad

Leo en el Pais la siguiente noticia:

El Gobierno entregó ayer a patronal y sindicatos el borrador de anteproyecto de Ley de Garantía de la Igualdad entre Hombres y Mujeres. …El documento presentado en la mesa de diálogo social tras meses de trabajo, .., se refiere sólo a la parte preliminar de la ley y a su aplicación en el ámbito laboral. Medidas que comtempla:
– Discriminación en los convenios. «Mediante los convenios colectivos se podrán establecer medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres al empleo y para favorecer la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres»,
– Inversión de la carga de prueba. Toda conducta discriminatoria por razón de sexo será nula de pleno derecho y dará lugar a «una indemnización disuasoria y proporcional al perjuicio sufrido
Igualdad de trato y acoso sexual. El texto, que también traspone una directiva comunitaria, establece que el objeto de la ley es «la efectividad del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación contra la mujer en cualesquiera ámbitos de la vida y, en particular, en las esferas política, civil, económica, social y cultural (…) para alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria». Define la igualdad de trato como «la ausencia de toda discriminación por razón de sexo, bien sea directa o indirectamente, y en particular en lo referido a la maternidad, a la asunción de obligaciones familiares y al estado matrimonial o familiar». También se considerará discriminación «el acoso sexual y el acoso relacionado con el sexo».
-Protección a la maternidad
-Igualdad retributiva

Me parece estupendo, pero cómo siempre dice mi amigo …y funcionar ¿funciona?.
Ahora hay que demostrar la voluntad: En este mismo blog pueden ustedes leer el artículo «el hombre rotrogrado» una descricción de tipos dibujados a partir de modelos reales. Cualquiera de esas conductos no demuestra igualdad y nada mejor para probarlo que imaginarse como protagonista un hombre en lugar de una mujer:
– un hombre sobeteado
– un hombre que se acuesta con …… que hay que domarlo ….
– un hombre sabiondo, con conocimientos y no se achanta !pero que se ha creido!

Pero les invito a hacer un ejercicio: Piensen en el tipo B y en la historia: ¿realmente será el demandado quien demuestre su inocencia si hay «indicios» de discriminación? o será la victima quien demuestre la culpabilidad de su oponente, su propia inoncencia y ademas quede marcada para el resto de su vida laboral?
¿la conducta discriminatoria por razón de sexo será nula de pleno derecho? o será el único derecho de la victima será marcharse a otro Departamento u organización?

No se pierdan el próximo capítulo, prometo contarlo.



Categorías:Mujer

Etiquetas:

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: