De nuevo el canon a colación.
El Tribunal de Justicia de la UE ha iniciado la vista oral de litigio entre la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y la compañía Padawan SL, dedicada a la comercialización de CD-Rs, CD-RWs, DVD-Rs y aparatos reproductores MP3. El objetivo es determinar si el canon digital es compatible con el derecho comunitario.
El llamado «canon digital» que cobra SGAE como compensación a los creadores por la copia privada, será examinado. La empresa asegura que la aplicación indiscriminada del canon, sin distinción de la finalidad del soporte, viola la directiva europea 2001/29.
Para mi que el canon indiscriminado incumple dicha directiva si atendemos a lo que la misma dice:
«Dicha protección jurídica debe respetar el principio de proporcionalidad y no debe prohibir aquellos dispositivos o actividades cuyo empleo o finalidad comercial principal persiga objetivos distintos de la elusión de la protección técnica. Esta protección no debe suponer obstáculos, especialmente, para la investigación sobre criptografíaa «
La Directiva protege los derechos de autor pero en todo el texto parece dejar aparte la utilizaciones de los medios electrónicos para otros fines que no son las reproduccion de obras de autor. Mientras que el canon digital no discrimina el uso.
La SGAE también pretende poner un canon por cada libro prestado en las bibliotecas. A esto se han opuesto más de 400 escritores firmando un Manifiesto.
Precisamente la Directiva preve una excepción a las bibliotecas: «Los Estados miembros pueden establecer una excepción o limitación en beneficio de determinados establecimientos sin fines lucrativos, como bibliotecas …» Ya sabemos que entre el «puede» y el «debe» va un abismo, pero no es menos cierto que las biblitecas realizan una labor de fomento de la lectura a la vez que de difusión, que contribuye a las ventas. El canon a las bibliotecas está fuera de toda lógica.
El 19 de enero la CNC hizo publico un informe sobre la gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual. En este informe la CNC considera que debe realizarse una revisión integral de la Ley de Propiedad Intelectual.
CNC reconoce que España podría estar infringiendo el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por permitir que las entidades de gestión (SGAE, AGEDI, etc.,) realicen una explotación abusiva de su posición dominante. La Ley está facilitando esta posición dominante.
La CNC considera que es posible un modelo más favorable a la competencia, donde las entidades enfrenten mayor presión competitiva en la prestación de servicios a titulares y usuarios y los mecanismos de mercado puedan organizar esta actividad, dictando cuántas entidades deben existir, qué categorías de derechos deben gestionar y cómo deben gestionarlos.
Veremos que dictamina el Tribunal de Justicia de la UE.
Lo que resulta sorprendente es la postura de las sociedades gestoras de derecho en este juicio. Parecen haber asumido que la mejor defensa es un buen ataque y lo primero que hace es amenazar de un modo encubierto a las AAPP de que sabe dónde viven y amenazarlas con esperarlas en la puerta
http://www.internautas.org/html/6053.html
Sólo faltaba que la SGAE, CEDRO y demás pongan espias en los pasillos de los Ministerios