El Consejo de Ministros del pasado viernes ha aprobado la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, que permitirá que la actividad comercial y de servicios se desarrolle en igualdad de condiciones en toda España. Este texto fue presentado el pasado 25 de enero.
Este anteproyecto tiene por objeto garantizar la unidad del mercado interior en España. Se trata «de evitar que las empresas se vean obligadas a comercializar distintas versiones de un producto o a obtener certificados o autorizaciones diferentes según dónde quieran operar». Es decir que la futura ley permitirá que las empresas puedan comercializar sus productos o servicios en todo el territorio nacional con una única licencia (la de la administración origen) .
La maraña normativa es una de las quejas habituales de empresarios nacionales y extranjeros». Además de la inseguridad jurídica que generan normativas diferentes y a veces contradictorias.
La unidad de mercado tiene su reflejo en el artículo 139 de la Constitución española: “ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español”.
La Unión Europea por su parte apoya el establecimiento de la Unidad de mercado comunitario y en esta dirección va la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (en adelante, Directiva de Servicios).
La transposición de la DS a la normativa interna, Ley Paraguas y Ley Omnibus, supusieron un considerable esfuerzo de escrutinio y modificación de diversas normativas estatales, autonómicas y locales; así como la puesta en marcha de la ventanilla EUGO.es
No obstante, parece que la transposición de la DS se quedó corta para eliminar la fragmentación del mercado español y es necesario este anteproyecto de Ley para solventar esta limitación.
Con la aprobación de esta Ley se prevé un aumento del PIB del 1,52% en un periodo de diez años
Ahora bien, la Cooperación entre las administraciones aceptando las licencias y las autorizaciones es imprescindible. Por otro lado no tendría sentido no tener barreras entre países comunitarios y tenerlas en el propio territorio.
El Proyecto de ley se resume en los principios de garantía de la libertad de establecimiento y la libertad de circulación recogidos en el capítulo II.
- el principio de no discriminación de los operadores económicos en todo el territorio;
- el principio de cooperación y confianza mutua entre las autoridades competentes para el logro de la unidad de mercado;
- el principio de necesidad y proporcionalidad en las actuaciones que establezcan cualquier tipo de límites al acceso a una actividad económica o a su ejercicio;
- la garantía de la eficacia en todo el territorio de las actuaciones de las autoridades competentes relacionadas con el libre acceso;
- el principio de simplificación de cargas;
- el principio de transparencia de las autoridades competentes para la aplicación de la Ley y la detección de obstáculos a la unidad de mercado.
El capítulo VI, se refiere a la supervisión de los operadores económicos, se regulan los flujos de información considerados necesarios para hacer efectivos los principios de esta Ley. Se distingue entre los intercambios directos y puntuales entre AAPP a través del Sistema de Intercambio de Información (SII), y los integrados en la Ventanilla Única.
Lo lógico es que la Ventanilla Única sea un punto único de contacto, desde el punto de vista del ciudadano, para informar, gestionar todo lo referente al tema de creación de empresa y prestación de servicios. Y por supuesto el punto para coordinar los mecanismos de cooperación entre Administraciones Públicas. Y por otro lado aprovechar todos los servicios de intercambio de información ya implementados entre las autoridades de origen y de destino.
Es decir no desarrollar ni nuevos portales ni nuevos servicios de intercambio de información.
Pero esto sería profesional y lógico.
Categorías:Administración Electrónica, Empresa
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